Trámites para sociedades

A continuación se relacionan los trámites específicos para las Sociedades Mercantiles (Sociedad Limitada, Anónima, Laboral y Cooperativa). No obstante en el apartado 'según forma jurídica' de esta misma sección, se detallan para cada tipo la totalidad de trámites a realizar

1.- Solicitud de certificación negativa de nombre o razón social

Descripción: Consiste en la obtención de un certificado acreditativo de la no-existencia de otra Sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir
Lugar: Registro Mercantil Central
c/Príncipe de Vergara nº 94
28071 Madrid
Teléfono: 91.563.12.52
Documentación: Existe un impreso oficial normalizado, en el cual se recoge el nombre elegido hasta un máximo de tres. Hay que indicar siempre a continuación del nombre el tipo de sociedad de que se trata.
Plazo de solicitud: La reserva de la denominación tiene una duración de 15 meses y la certificación negativa de dicha denominación tiene una validez de dos meses.
Observaciones: Requisito indispensable para el otorgamiento de la Escritura Pública.

2.- Ingreso capital social

Descripción:  Realizar el ingreso del capital social en una cuenta bancaria a nombre de 'NOMBRE DE LA SOCIEDAD, S.L. en constitución'. y solicitar a la entidad financiera un certificado de haber efectuado dicho depósito
Lugar: cualquier entidad financiera
Observaciones: Requisito indispensable para el otorgamiento de la Escritura Pública.

3.- Autorización previa administrativa

Descripción: Solo es obligatorio para la constitución de sociedades mercantiles especiales. Es solicitada por uno de los promotores de la sociedad que se va a crear. Con este trámite se califica el proyecto de estatutos.
Lugar Registro: Depende de la Sociedad que se va a crear y su ámbito de actuación
Documentación: Copia de los Estatutos
Observaciones: Las Sociedades Mercantiles Especiales son: Sociedad Laboral; S.Cooperativa; Sociedad de Garantía Recíproca; Sociedad Capital-Riesgo; Agrupación de Interés Económico y sociedad de Inversión Mobiliaria.

4.- Otorgamiento de la escritura pública

Descripción: Acto por el que los socios fundadores proceden a la firma de la escritura de Constitución de la Sociedad
Lugar: Se realiza obligatoriamente ante Notario
Documentación: Certificación negativa de la denominación acreditando la no existencia de otra Sociedad con la misma denominación, los Estatutos sociales, certificados bancarios correspondiente al desembolso del capital social total a escriturar y DNIs  de los socios otorgantes.
Observaciones: Los otorgantes de la Escritura son todos los socios, o bien sus representantes legales o apoderados con facultades suficientes para ello.

5.- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Impuesto que grava la constitución de una sociedad. Aplicación de un porcentaje sobre la cifra de capital social escriturado. El plazo son 30 días hábiles siguientes a la fecha de otorgamiento de la escritura. Normalmente lo liquidara el propio notario que lo incluirá en la minuta de honorarios

6.- Inscripción en el Registro Mercantil

Descripción: La SL tiene obligación de inscribirse en el registro Mercantil. La inscripción cumple dos funciones: confiere a la sociedad la personalidad jurídica y da a conocer a terceros su existencia y situación jurídica
Lugar: Registro Mercantil de Cantabria
Documentación: Certificación negativa de la denominación acreditando la no existencia de otra Sociedad con la misma denominación, los Estatutos sociales, certificados bancarios correspondiente al desembolso del capital social total a escriturar y DNIs  de los socios otorgantes.

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